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Cada tipo de Derecho  de Autor se encuentra reglamentado por las normas correspondientes  establecidas por cada sector de Propiedad Intelectual. 
                        	 Por ejemplo:  Si hablamos de un software, Se  necesitarán datos precisos del mismo y una copia del programa o sus códigos  fuentes. Si hablamos de una obra inédita, se necesitará dos copias de la  obra y los datos correspondientes del autor y/ o titular. 
                        	
                        		- 2. Se enviará a la  firma un formulario de debe ser firmado por el titular y cuya firma deberá ser  certificada por banco o escribano.
 
                        		- 3. Se presentará en  las siguientes formas: Diskette, Cd, Impreso en Papel, Etc.
 
                        		- 4. Esta obra se  deposita dentro de un sobre cerrado y lacrado, el cual estará firmado  por la misma persona que firmó el formulario en las uniones del sobre.
 
                        		- 5. El derecho sobre  esa obra, una vez presentada tiene vigencia por tres año y con derecho a ser  renovadas.
 
                        		 
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